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viernes, 29 de julio de 2016
ARTÍCULOS 58, 108 de la CRBV.
TÍTULO III
DE LOS DEBERES,
DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS
Capítulo II
De los Derechos Civiles
Artículo 58. La comunicación es libre y
plural y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda
persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin
censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la
réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones
inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a
recibir información adecuada para su desarrollo integral.
Capítulo VI
De los Derechos Culturales y Educativos
Artículo 108. Los medios de
comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación
ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y
redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso
universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el
conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según
los requisitos que establezca la ley.
ARTÍCULOS 2, 6, 7 de la CRBV.
TÍTULO I
PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES
Artículo 2. Venezuela se constituye en
un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como
valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la
libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la
responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos,
la ética y el pluralismo político.
Artículo 6. El gobierno de la República
Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será
siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo,
responsable, pluralista y de mandatos revocables.
Artículo 7. La Constitución es la norma
suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los
órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
EL PROYECTO DEMOCRÁTICO Y LA REALIDAD SOCIO-POLÍTICA.
El gobierno de Hugo Chávez. Fue electo en 1998 por los partidos:
movimiento v república (mvr), causa r, mas, ppt, y otros partidos.
Durante la campaña electoral el actual presidente insistió en la
necesidad de promulgar una nueva constitución nacional. El pueblo así lo
entendió y le concedió un amplio apoyo absoluto al elegir las personas que
integrarían la asamblea nacional constituyente, como cuyo objetivo era redactar
la nueva constitución.
El nuevo texto constitucional se ratificó mediante un referéndum
celebrado el 15 de diciembre de 1999. El 30 de julio del 2000 es llamado
nuevamente el pueblo para una consulta electoral y Hugo Chávez Frías resulto
elegido de nuevo para un período de 6 años.
LA COMUNICACIÓN Y LA EQUIDAD.
La información es un bien (commodity) que repercute en el bienestar de
las personas. La relación no es sencilla, sin embargo. Las primitivas formulaciones
del desarrollo, populares hace algunos lustros, fundamentaban la necesidad de
la investigación científica porque más conocimientos significaban más riqueza y
más riqueza implicaba una mayor felicidad. El lema positivista de “ver para
prever, prever para proveer” equipara la cantidad de información con una mayor
capacidad para superar problemas, que a su vez redunda en mayor satisfacción
humana. El concepto del “desarrollo” suplantó al del “progreso”, que el
positivismo clásico postuló como meta de la humanidad. Las “etapas” del
progreso científico y moral debían ser cumplidas por todas las sociedades de
manera relativamente uniforme. Aun reconociendo que algunas sociedades
desarrolladas (por definición más ilustradas y más felices) han cometido
algunos errores que las que están en desarrollo podrían conocer y evitar, a las
primeras se las presenta como el desiderátum de la perfección humana y el
modelo que debe emularse. Muchas de las presunciones en que se basa este punto
de vista son discutibles en un sentido lógico y ético. En primer lugar, la
secuencia información- riqueza-bienestar está lejos de ser convincente, entre
otras razones porque la información es solo uno de los constituyentes del
conocimiento, el cual se caracteriza más por la estructura y el ordenamiento de
la información que por su cantidad. El conocimiento es información organizada
en torno a intereses y valores sociales. No puede afirmarse que las sociedades
más desarrolladas sean aquellas donde predomina el conocimiento. Aun en las más
complejas y evolucionadas, o en las
mejor “alfabetizadas”, hay ignorancia, prejuicio, superstición e ideas
primitivas. El conocimiento no está uniformemente distribuido en la población,
de modo que la capacidad para utilizarlo y ampliarlo no es homogénea ni
uniforme.
Tampoco puede sostenerse que los valores que fundamentan el trato
humano sean reconocidos y aceptados por todos los miembros de esas sociedades.
Falta resolver en ellas dilemas perennes de la condición humana; hay
disensiones internas, violencia e injusticia, desprecio por los derechos de las
personas e insatisfacción. La premisa de que la información se vincula con el
bienestar debe, por ende, ser examinada desde un punto de vista antropológico
amplio y puesta en relación con la acción social orientada hacia obtener algún
valor. Ninguna “educación” a ciegas, sin metas sociales, produce de forma
automática la deseada satisfacción o el esperado bienestar que los panegiristas
del desarrollo ingenuamente han destacado. La equidad en materia de información
pasa por reconocer que el conocimiento, que es información articulada, exige
procesos de comunicación, en los cuales la praxis de las profesiones y las
organizaciones profesionales debe tener activa participación.
DERECHO A LA INFORMACIÓN.
Toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus
ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de
expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y
difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho
asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato,
ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que
promuevan la intolerancia religiosa.
La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y
responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la
información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los
principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando
se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los
niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para
su desarrollo integral.
DEMOCRACIA PARTICIPATIVA.
Es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en
las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones
políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa.
También puede definirse con mayor precisión como un modelo político que
facilita a la ciudadanía su capacidad de asociarse y organizarse de tal modo
que puedan ejercer una influencia directa en las decisiones públicas. En la
actualidad se manifiesta usualmente por medio de una diversidad de mecanismos,
como presupuestos participativos, consejos vecinales o comunales o consultas
populares. En una etapa más avanzada, el proyecto fundamental de la democracia
participativa es la creación de un mecanismo de deliberaciones mediante el cual
el pueblo, con su propia participación, esté habilitado para manifestarse por
igual con puntos de vista tanto mayoritarios como minoritarios. Sin negar que
todo sistema democrático eventualmente haya de descansar en decisiones
mayoritarias, los mecanismos o instituciones de participación tienen el
propósito de hacer hincapié en el pleno respeto a las minorías, sus opiniones y
su amplia manifestación a través de un mecanismo participativo e
institucionalizado.
DOS MODELOS DE DEMOCRACIA.
A) Democracia formal: Es aquél sistema
político donde las normas constitucionales han previsto una separación de los
poderes legislativo, ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la
elección del primero mediante sufragio libre, igual, universal, directo y
secreto.
Existen dos conceptos que,
particularmente, se consideran indispensables en el ejercicio de dichas
libertades:
v
La existencia de distintas opciones para elegir.
v
La formación y la información disponibles para
llevar a cabo tal elección.
B) Democracia profunda: Será aquella
que no solo haga y mantenga los hombres y mujeres libres, si no también
iguales. Es más, únicamente en la profundidad de la democracia se pueden hallar
fórmulas de equidad razonables, de igualdad, eso sí, ni uniforme ni forzada.
La democracia, como una propiedad
(característica) de los sistemas sociales, avanzados puede concebirse en tres
dimensiones:
v
La social, entendida como la calidad de vida
material.
v
La formal, entendida como la existencia de
determinadas reglas generales de poderes, derechos y obligaciones de las
diversas instituciones y entidades que componen el sistema social.
v
La participativa, entendida como la decisión
real de los asuntos públicos trascendentales por parte de las mayorías de la
sociedad, con la debida protección de las minorías. En el lenguaje de las
ciencias naturales podríamos entender a las tres dimensiones como magnitudes
que caracterizan a la propiedad "democracia".
VISIÓN HISTÓRICA CONSTITUCIONAL DE VENEZUELA.
A) Primera Constitución venezolana: La
Constitución de 1811 fue la primera Constitución de Venezuela, promulgada y
redactada por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio, siendo sancionada por el
Congreso Constituyente de 1811 en la ciudad de Caracas el día 21 de diciembre
de 1811. Fue derogada el 21 de julio de 1812 por la capitulación de Francisco
de Miranda en San Mateo. La constitución tuvo una vigencia de un año.
Una vez firmada, fueron
aprobados 228 artículos de sus artículos, siendo destacable las reservas que
generó el artículo 180 para el entonces vicepresidente Francisco de Miranda y
el resto del tren ejecutivo.
B) Constitución Nacional año 1961: La
Constitución de Venezuela de 1961 fue aprobada el 16 de enero de 1961 por el
entonces Congreso de la República (actual Asamblea Nacional) con el voto
afirmativo de las principales cuatro fuerzas políticas del país para entonces,
Acción Democrática, Unión Republicana Democrática, Copei y el Partido Comunista
de Venezuela. Entró en vigor el 23 de enero del mismo año en conmemoración del
retorno a la democracia en Venezuela el 23 de enero de 1958. En diciembre de
1999 este texto quedaría abolido al ser aprobado por voto popular la
Constitución de 1999.
Esta Constitución estaba basada
en los principios de la Constitución de 1947 que había sido abolida en 1953 por
la dictadura de Pérez Jiménez.
C) Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela año 1999: El 2 de febrero de 1999 en la toma de posesión como
Presidente Constitucional de la República de Venezuela en el Capitolio Federal
los venezolanos fueron convocados a un Referéndum Consultivo el 25 de abril de
1999 para que decidieran si aprobaban o no la propuesta 17 de noviembre de ese
año el texto sancionado por la Asamblea Constituyente que fue sometida a
Referéndum popular.
Constitución de Venezuela de
1999 (nombre oficial: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) es
la Carta Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15 de diciembre de 1999, y el
15 de febrero de 2009, le fue introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por
Hugo Chávez, recibiendo respaldo de diversos sectores y el rechazo de los
partidos tradicionales.
domingo, 24 de julio de 2016
viernes, 22 de julio de 2016
MERCOSUR.
El Mercado
Común del Sur (MERCOSUR) es un proceso de integración regional instituido
inicialmente por Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Se creó el 26 de marzo
de 1991 con la firma del Tratado de Asunción por parte de Argentina, Brasil,
Paraguay, Uruguay, aunque los antecedentes de la integración regional se
remontan al 30 de noviembre de 1985, fecha de la Declaración de Foz de Iguazú. El
MERCOSUR toma sus decisiones a través de tres órganos: el Consejo del Mercado
Común (CMC), órgano superior del MERCOSUR, el cual conduce políticamente el
proceso de integración, el Grupo Mercado Común (GMC), que vela por el
funcionamiento cotidiano del bloque, y la Comisión de Comercio (CCM), encargada
de la administración de los instrumentos comunes de política comercial.
Asistiendo a dichos órganos existen más de 300 foros de negociación en las más
diversas áreas, los cuales se integran por representantes de cada país miembro
y promueven iniciativas para ser consideradas por los órganos decisorios. Su
objetivo principal es propiciar un espacio común que generara oportunidades
comerciales y de inversiones a través de la integración competitiva de las
economías nacionales al mercado internacional. Y los países que la conforman
son: Argentina Brasil, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Bolivia, Colombia, Chile,
Perú, Ecuador, Guayana y Surinam.
UNASUR.
Es una
comunidad política y económica entre doce países suramericanos. Se creó el 8 de diciembre de 2004, en Cuzco (Perú), en
la Tercera Cumbre Suramericana. El 23 de mayo de 2008, se firmó, en Brasilia,
el Tratado Constitutivo que estructuró y oficializó esta organización. Sus
siglas significan: Unión de Naciones Suramericanas. UNASUR está conformada por
cuatro órganos que toman decisiones, de acuerdo a su nivel jerárquico:
·
Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de
Gobierno.
·
Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones
Exteriores.
·
Consejo de Delegados y Delegadas.
·
Secretaría General.
Sus objetivos
son:
v
El fortalecimiento del diálogo político entre
los Estados Miembros que asegure un espacio de concertación para reforzar la
integración suramericana y la participación de UNASUR en el escenario
internacional.
v
El desarrollo social y humano con equidad e
inclusión para erradicar la pobreza y superar las desigualdades en la Región.
v
La erradicación del analfabetismo, el acceso
universal a una educación de calidad y el reconocimiento regional de estudios y
títulos.
v
La integración energética para el
aprovechamiento integral, sostenible y solidario de los recursos de la Región.
v
El desarrollo de una infraestructura para la
interconexión de la Región y entre nuestros pueblos de acuerdo a criterios de
desarrollo social y económico sustentables.
v
La integración financiera mediante la adopción
de mecanismos compatibles con las políticas económicas y fiscales de los
Estados Miembros.
v
La protección de la biodiversidad, los recursos
hídricos y los ecosistemas, así como la cooperación en la prevención de las
catástrofes y en la lucha contra las causas y los efectos del cambio climático.
v
El desarrollo de mecanismos concretos y
efectivos para la superación de las asimetrías, logrando así una integración
equitativa.
v
La consolidación de una identidad suramericana a
través del reconocimiento progresivo de derechos a los nacionales de un Estado
Miembro residentes en cualquiera de los otros Estados Miembros, con el fin de
alcanzar una ciudadanía suramericana.
v
El acceso universal a la seguridad social y a
los servicios de salud.
v
La cooperación en materia de migración, con un
enfoque integral, bajo el respeto irrestricto de los derechos humanos y
laborales para la regularización migratoria y la armonización de políticas.
v
La cooperación económica y comercial para lograr
el avance y la consolidación de un proceso innovador, dinámico, transparente,
equitativo y equilibrado, que contemple un acceso efectivo, promoviendo el
crecimiento y el desarrollo económico que supere las asimetrías mediante la
complementación de las economías de los países de América del Sur, así como la
promoción del bienestar de todos los sectores de la población y la reducción de
la pobreza.
v
La integración industrial y productiva, con
especial atención en las pequeñas y medianas empresas, las cooperativas, las
redes y otras formas de organización productiva.
v
La definición e implementación de políticas y
proyectos comunes o complementarios de investigación, innovación, transferencia
y producción tecnológica, con miras a incrementar la capacidad, la
sustentabilidad y el desarrollo científico y tecnológico propios.
v
La promoción de la diversidad cultural y de las
expresiones de la memoria y de los conocimientos y saberes de los pueblos de la
Región, para el fortalecimiento de sus identidades.
v
La participación ciudadana a través de
mecanismos de interacción y diálogo entre UNASUR y los diversos actores
sociales en la formulación de políticas de integración suramericana.
v
La coordinación entre los organismos
especializados de los Estados Miembros, teniendo en cuenta las normas
internacionales, para fortalecer la lucha contra el terrorismo, la corrupción,
el problema mundial de las drogas, la trata de personas, el tráfico de armas
pequeñas y ligeras, el crimen organizado transnacional y otras amenazas, así
como para el desarme, la no proliferación de armas nucleares y de destrucción
masiva, y el desminado.
v
La promoción de la cooperación entre las
autoridades judiciales de los Estados Miembros de UNASUR.
v
El intercambio de información y de experiencias
en materia de defensa.
v
La cooperación para el fortalecimiento de la
seguridad ciudadana.
v
La cooperación sectorial como un mecanismo de
profundización de la integración suramericana, mediante el intercambio de
información, experiencias y capacitación.
·
Y está
integrada por los países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador,
Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela.
ALBA.
Es el
espacio de encuentro de los pueblos y gobiernos que entienden que la América
Latina Caribeña conforma una Gran Nación, que debe unirse para enfrentar
conjuntamente los desafíos del presente y del futuro. Se creó el 14 de
diciembre de 2004 por un acuerdo suscripto en la habana entre los presidentes Hugo Chávez, y de cuba
Fidel castro, pero fue propuesta por primera vez en ese mismo mes de 2001 por
el mandatario venezolano. Sus siglas significan: La Alternativa Bolivariana
para América Latina y el Caribe. El ALBA surge como una idea de unificación
para nuestros pueblos, para el momento, era presidente de la República
Bolivariana de Venezuela, Hugo Rafael Chávez Frías, quien en un discurso
pronunciado en la ciudad del Mar de la Plata en Argentina, donde todavía
resuena el grito de: "alca, alca, alcarajo!!!" donde da sepultura a
la tentativa de implantar un tratado de libre comercio entre los Estados Unidos
de América y el resto de los países del continente. Se sustenta en los
principios de solidaridad, cooperación genuina y complementariedad entre
nuestros países, en el aprovechamiento racional y en función del bienestar de
nuestros pueblos, de sus recursos naturales - incluido su potencial
energético-, en la formación integral e intensiva del capital humano que
requiere nuestro desarrollo y en la atención a las necesidades y aspiraciones
de nuestros hombres y mujeres. Del documento político de la V Cumbre del ALBA. Los
países que la integran son: Antigua y Barbuda, Bolivia, Cuba, Dominicana, Ecuador,
Grana (país), Nicaragua, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las
Granadinas, Surinam y Venezuela.
ARTÍCULOS 152, 153, 154, 155 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
TITULO IV
DEL PODER PÚBLICO
Capítulo I
De las Disposiciones Fundamentales
Sección Quinta: de las Relaciones Internacionales
DEL PODER PÚBLICO
Capítulo I
De las Disposiciones Fundamentales
Sección Quinta: de las Relaciones Internacionales
Artículo 152. Las relaciones internacionales de la República
responden a los fines del Estado en función del ejercicio de la soberanía y de
los intereses del pueblo; ellas se rigen por los principios de independencia,
igualdad entre los Estados, libre determinación y no intervención en sus
asuntos internos, solución pacífica de los conflictos internacionales,
cooperación, respeto de los derechos humanos y solidaridad entre los pueblos en
la lucha por su emancipación y el bienestar de la humanidad. La República
mantendrá la más firme y decidida defensa de estos principios y de la práctica
democrática en todos los organismos e instituciones internacionales.
Artículo 153. La República promoverá y favorecerá la integración
latinoamericana y caribeña, en aras de avanzar hacia la creación de una
comunidad de naciones, defendiendo los intereses económicos, sociales,
culturales, políticos y ambientales de la región. La República podrá suscribir
tratados internacionales que conjuguen y coordinen esfuerzos para promover el
desarrollo común de nuestras naciones, y que aseguren el bienestar de los
pueblos y la seguridad colectiva de sus habitantes. Para estos fines, la República
podrá atribuir a organizaciones supranacionales, mediante tratados, el
ejercicio de las competencias necesarias para llevar a cabo estos procesos de
integración. Dentro de las políticas de integración y unión con Latinoamérica y
el Caribe, la República privilegiará relaciones con Iberoamérica, procurando
sea una política común de toda nuestra América Latina. Las normas que se
adopten en el marco de los acuerdos de integración serán consideradas parte
integrante del ordenamiento legal vigente y de aplicación directa y preferente
a la legislación interna.
Artículo 154. Los tratados celebrados por la República deben ser
aprobados por la Asamblea Nacional antes de su ratificación por el Presidente o
Presidenta de la República, a excepción de aquellos mediante los cuales se
trate de ejecutar o perfeccionar obligaciones preexistentes de la República,
aplicar principios expresamente reconocidos por ella, ejecutar actos ordinarios
en las relaciones internacionales o ejercer facultades que la ley atribuya
expresamente al Ejecutivo Nacional.
Artículo 155. En los tratados, convenios y acuerdos internacionales
que la República celebre, se insertará una cláusula por la cual las partes se
obliguen a resolver por las vías pacíficas reconocidas en el derecho
internacional o previamente convenidas por ellas, si tal fuere el caso, las
controversias que pudieren suscitarse entre las mismas con motivo de su
interpretación o ejecución si no fuere improcedente y así lo permita el
procedimiento que deba seguirse para su celebración.
jueves, 14 de julio de 2016
ARTÍCULO 110 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Artículo 110. El Estado
reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la
innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser
instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del
país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y
desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y
creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la Ley. El
sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El Estado garantizará
el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las
actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley
determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.
LEY DE INFOGOBIERNO AÑO 2013.
Tiene
por objeto establecer los principios, bases y lineamientos que rigen el uso de
las tecnologías de información para mejorar la gestión pública y los servicios
que se prestan a las personas, promover el desarrollo de las tecnologías de
información libre en el Estado, garantizar la independencia tecnológica, el
conocimiento social y la seguridad y defensa de la Nación.
LEY ORGÁNICA DE CIENCIAS, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN AÑO 2014.
Constituye
una estructura de apoyo para desarrollar los Principios orientadores en materia
de Ciencia, Tecnología e Innovación, tiene por objetivo dirigir la generación
de una ciencia, tecnología, innovacióny sus aplicaciones, con base en el
ejercicio pleno de la soberanía nacional, la democracia participativa
yprotagónica, la justicia y la igualdad social, el respeto al ambiente y la
diversidad cultural, mediante la aplicaciónde conocimientos populares y
académicosa fin de fomentarla capacidad para la generación, uso y circulación
del conocimiento, y de impulsar el desarrollo nacional.
DECRETO 3.390 DEL PRESIDENTE CHÁVEZ.
Es
la aplicación del software libre con estándares abiertos para fortalecer la
industria del software nacional, aumentando sus capacidades, reduce la brecha
social y tecnológica en el menor tiempo y costo posible, y permite que los
usuarios participen en el mantenimiento de los niveles de seguridad.
4 LIBERTADES DEL SOFTWARE LIBRE.
Las
cuatros libertades de los usuarios del software son: libertad 0 (usar el
programa con cualquier propósito); libertad 1 (estudiar cómo funciona y
adaptarlo a tus necesidades, con previa condición en acceso al código fuerte);
libertad 2 (distribuir copias a quien quieras ayudar); libertad 3 (mejorar el
programa y compartirlo con la comunidad, con previo acceso al código fuerte).
SOFTWARE LIBRE.
Se
refiere a la libertad de los usuarios para usar un programa sin tener la
necesidad de comunicarlo, no se vende, se licencia. Una licencia es aquella
autorización formal con carácter contractual que un autor de un software da a
un interesado para ejercer una serie de derechos sobre el uso que se le pueda
dar. En las licencias de software libre esos derechos son muy abiertos y
permisivos, apenas hay restricciones al uso de los programas. Se pueden obtener
a través de copias de cd (comprándolo en tiendas de computadoras, amigos,
vecinos, otros); a través de internet (sitios web, canales de chat, otros); a
través de una computadora (comprando una que venga con software libre
instalado, de fábrica o por su vendedor). El software pueden ser regalado o de
costo cero (es el que viene en los cd de revista de computación o que consigues
en sitios freeware); con el código fuerte (no brinda las libertades del
software libre) y software de dominio público (no tiene licencia de uso, por lo
que corre el peligro de dejar de serlo si alguien lo utiliza con el fin de
apropiárselo).
TIPOS DE BIENES.
A.- Según su grado de escasez.
v
Bienes libres: Ilimitados, suficientes para todo
el mundo.
v
Bienes económicos: Escasos, y no pueden acceder
a ellos todo el mundo.
B.- Según su función.
v
Bienes de consumo: Satisfacen de manera directa
las necesidades humanas.
v
Bienes de inversión: A los que se le puede sacar
beneficio.
C.- Según su grado de transformación.
v
Bienes intermedios: Aún no están listos para
satisfacer las necesidades humanas.
v
Bienes finales: Preparados para ser utilizados o
consumidos.
D.- Según su acceso.
v
Bienes públicos: Todos tienen acceso.
v
Bienes privados: Acceso limitado.
E.- Según su relación con la renta.
v
Bienes normales: Cuando incrementa la renta,
aumenta su demanda.
v
Bienes inferiores: Cuando incrementa la renta,
disminuye su demanda.
¿A QUIENES PERTENECEN?
La
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que el Estado
es el representante de los intereses de todos los venezolanos, propietarios de
los recursos que se encuentran en el subsuelo y en este caso, de los recursos
de hidrocarburos que son el petróleo y el gas.
¿DÓNDE EXISTEN YACIMIENTOS DE HIDROCARBUROS EN VENEZUELA?
Principales
cuencas petrolíferas:
A) Cuenca del Lago de Maracaibo:
v Costa Oriental del Lago: Se encuentra en los campos de Cabimas, Tía Juana, Lagunillas y
Bachaquero. Producen crudos pesados y medianos.
v Centro del Lago: Los principales campos son Lama, Lamar y Centro. Producen crudos
livianos.
v Costa occidental del Lago: Los campos más importantes son Boscán, Mara – La Paz, Urdaneta en el
norte y Tarra – Los Manueles en el sur. Produce dependiendo del área crudos
livianos, medianos y pesados.
B) Cuenca de
Falcón: Se encuentran en los campos al oeste de Falcón
(Tiguaje, El Mene, Hombre Pintado) y algunos al este (Mene de Acosta, Cumarebo)
procedente de areniscas. Producen crudos livianos con bajo contenido de azufre
de metal.
C) Cuenca Barinas – Apure:
v Barinas: Se encuentran los campos Paéz – Mingo, Hato, Linco; área central,
campo Silvestre; área norte, Silvan, Maporal y Palmita. Producen crudos
pesados.
v Apure: Se encuentra en los campos, Guafita y La Victoria. Producen crudos
livianos.
D) Cuenca
Oriental y Faja del Orinoco: Abarca los estados Monagas,
Sucre, Anzoátegui, Guárico y Delta Amacuro. Produce crudos pesados y
extrapesados. Los pozos son:
v Anzoátegui: Oficina, Guara, Santa Rosa, Nipa, Merey, Dación, Leona, Yoaples.
v Monagas: Lobo, Acema, Pilón, Quiriquire, Oritupano, Morichal.
v Guárico: Budare, Las mercedes, Gabán, Ruiz, Barzo.
v Delta Amacuro: Tucupita, Perdenales.
E) Cuenca de
Margarita: Se ubica a 95km al noroeste del campo Patao
y 40km al sureste del Archipiélago los Testigos.
F) Cuenca Tuy - Cariaco:
Se extienden desde Barlovento, estado Miranda, hasta
el Golfo fe Cariaco en Sucre, casi en su totalidad está cubierta por el Mar
Caribe. Incluye la península de Araya y las Islas de Margarita, Coche y Cubagua.
Posee una gran reserva de gas licuado.
Principales
yacimientos de gas natural:
El
50% de éstas se encuentra en nuestra plataforma continental Costa Afuera. Las
mayores reservas de gas de Venezuela están ubicadas al norte y noroeste del
territorio nacional, en las costas de la plataforma continental caribeña y
atlántica, abarcando una extensión de más de 500 mil kilómetros cuadrados.
El
71% de las reservas probadas de gas se encuentran en la zona oriental de
nuestro país, el 24% en la zona occidental, el 2.5% en el Norte de la península
de Paria, el 2.4% en la Plataforma Deltana y el 0.14% en la zona sur. El 90.8%
de estas reservas probadas de Gas Natural corresponden a gas asociado al
petróleo y sólo el 9.2% al gas no asociado.
ORIGEN DE LOS HIDROCARBUROS.
Inicia
con el proceso de la fotosíntesis ya que forma parte del ciclo del carbono. La
materia orgánica producida por la fotosíntesis es reciclada en forma de dióxido
de carbono, ésta la transforma y luego la regresa a la atmósfera, pero existen
pequeñas cantidades de materia orgánica que se escapan y son enterradas.
Mayormente prefieren las aguas tranquilas, ambientes de baja energía con poca
profundidad, pues no pueden atravesar capas inferiores. Generalmente se
encuentran en áreas pobres de oxígeno como lagos o lagunas, pantanos, mares
(Mar muerto, Mar negro) o rocas porosas y permeables.
¿QUÉ SON LOS HIDROCARBUROS?
Son
compuesto orgánicos formados por átomos de carbono y átomos de hidrógeno.
Cuando se extrae de forma líquida de una formación geológica se le denomina
petróleo, y el que se haya de forma gaseosa se le denomina gas natural.
Estos
hidrocarburos pueden ser muy tóxicos, y al ser disolventes de tipo orgánico
(líquidos que despiden vapor) es más fácil intoxicarse por vía inhalatoria que
por contacto de la piel o su ingesta, por lo que al afectado se le hace una
intubación y se le realiza una ventilación mecánica.
viernes, 8 de julio de 2016
ASPECTOS POSITIVOS Y ASPECTOS NEGATIVOS DEL ARCO MINERO DEL ORINOCO.
EN PRO
( + )
|
EN CONTRA
( - )
|
Al
ser protegido por dos decretos, el gobierno busca un “fast track” o vía
expedita para atraer capitales extranjeros hacia el AMO.
Con
uno de los decretos garantiza “exoneraciones totales o parciales del impuesto
sobre la renta y del impuesto sobre el valor agregado, al igual que la
flexibilización de la normativa laboral, aplicables exclusivamente a las
actividades conexas con la actividad minera”.
El
AMO pudiera ubicar a Venezuela como la segunda reserva de oro más grande del
mundo.
En
el encuentro por la activación del AMO participaron más de 150 empresas de 35
países, interesados en la inversión en suelo venezolano.
|
Deficiente
control de la minería a pequeña escala por parte de las instituciones del
Estado, lo cual ha generado una anomia social en materia de salud, seguridad,
otras actividades económicas y, en general, un deterioro de la calidad de
vida de sus habitantes.
Convierte
a la región de Guayana pasando del petróleo dependiente de la minería.
Impactos
negativos a los ecosistemas y sus ciclos.
Se
violan las normas constitucionales en donde se dice que se aprovechará la
información y recursos naturales mientras no se lesione la integridad
cultural, social y económica de los indígenas.
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OBLIGACIÓN DE LOS CONTRATOS.
En los
contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas,
nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los
recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la
obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la
tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas
y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en
los términos que fije la ley.
¿QUÉ SE IMPEDIRÁ?
El
Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como
la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas.
PASOS PREVIOS PARA LAS ACTIVIDADES SUSCEPTIBLES DE GENERAR DAÑOS A LOS ECOSISTEMAS.
Todas
las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser
previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural.
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